La Fiscalía Distrital del Ministerio Público logró con base a las investigaciones presentadas ante el Tribunal Jurisdiccional que fuera condenado Bryan Steplan Ruano Paniagua a ocho años inconmutables, por el delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil o deportiva.
El Ministerio Público comprobó que el hecho ocurrió el 13 de diciembre de 2014, en la 33 avenida y 14 calle, calzada Justo Rufino Barrios, zona 21.
En el lugar la Policía Nacional Civil logró la detención de Bryan Ruano en flagrancia, ya que portada un arma de fuego sin autorización de la Dirección General de Control de Armas y Municiones -DIGECAM-.
El fallo lo dictó el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, Narcoactividad y delitos contra el Ambiente de la ciudad de Guatemala.
Guatemala, 6 de mayo de 2015.