Con base a las pruebas presentadas en materia de extinción de dominio, la Unidad de Extinción de Dominio del Ministerio Público logró en dos casos distintos que más de dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, así como dos vehículos pasen este día a favor del Estado de Guatemala.
Primer caso
Un millón 114 mil 040 dólares fueron localizados en un compartimento oculto de un pick up, el 25 enero de 2016, tras un procedimiento de la Fiscalía contra el Lavado de Dinero u Otros Activos. La diligencia se realizó en el kilómetro 22 de la carretera que de Santa Rosa conduce a la ciudad capital.
Por este caso, la Fiscalía investigó a Franklin Giovany Pineda Velásquez, quien fue condenado en diciembre de 2016, a seis años de prisión por el delito de lavado de dinero u otros activos, más la multa, correspondiente al dinero localizado en el automotor.
Segundo caso
El 5 agosto de 2016, tras una larga jornada, recibiendo sol y lluvia los fiscales asignados a la Fiscalía contra el Lavado de Dinero u Otros Activos contabilizaron un total de un millón 144 mil 830 dólares, en la 1ra calle, 5ta avenida, zona 1 del municipio de San Miguel Petapa, departamento de Guatemala.
Según los fiscales, el dinero se encontraba oculto en un vehículo con la placa, C305BNX, marca Kia. Los dólares eran trasladados en 57 paquetes, lo cuales estaban envueltos con plástico negro.
Por este hecho fue detenido, German Federico Molina Santamaría, quien ya fue ligado a proceso penal por el delito de lavado de dinero u otros activos.
El destino de los dineros extinguidos
El artículo 47, de la Ley de Extinción de Dominio indica como se distribuirán los recursos con el objeto de continuar el combate contra el crimen organizado.
- Un veinte por ciento (20%), con destino exclusivo para cubrir los gastos de las Unidades de Métodos Especiales de Investigación, creadas en virtud de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, decreto número 21-2006 del Congreso de la República; las fuerzas de tarea o unidades encargadas de la interceptación aérea y marítima de drogas.
- Un veinte por ciento (20%), que serán fondos privativos del Ministerio Público y deberán ser investidos en los programas de protección de testigos, el cumplimiento de la presente Ley y la investigación y juzgamiento de los delitos de lavado de dinero u otros activos, narcoactividad y delincuencia organizada.
- Un dieciocho por ciento (18%), que pasará a forma parte de los fondos privativos del Ministerio de Gobernación para el entrenamiento y adquisición de equipo en apoyo directo a las unidades de investigaciones relacionadas con la presente Ley y para el Centro de Recopilación, Análisis y Diseminación de Información Criminal de la Policía Nacional Civil.
- Un quince por ciento (15%), que pasará a formar parte de los fondos privativos de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio, con destino exclusivo para cubrir los gastos de administración de bienes incautados y aquellos extinguidos hasta que procesa con su venta.
- Un veinticinco por ciento (25%) para los fondos privativos del Organismo Judicial.
- Un dos por ciento (2%) para la Procuraduría General de la Nación.
Guatemala, 12 de enero de 2017