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EL MINISTERIO PÚBLICO A LA POBLACIÓN GUATEMALTECA  INFORMA:

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El artículo 15 de la Ley Orgánica del Ministerio Público establece que en caso de impedimento, suspensión, falta o ausencia TEMPORAL del Fiscal General de la República, será sustituido temporalmente por el Fiscal Regional, de Distrito o Sección que reúna las calidades siguientes: 1) Carecer de sanciones administrativas y procedimientos disciplinarios o penales en curso; 2) Con mayor antigüedad en el puesto; 3) Contar con evaluación de desempeño satisfactoria.

La Ley Orgánica también establece que, durante los primeros quince días de cada año, el Fiscal General mediante acuerdo debe designar a dos funcionarios que reúnan las calidades antes mencionadas.

En cumplimiento con lo establecido en dicha norma, mediante el Acuerdo 03-2018 de fecha 4 de enero de 2018, fueron designadas las Fiscales Wendy Patricia Ordóñez y Carla Isidra Valenzuela Elías para sustituir a la Fiscal General en caso de presentarse algunos de los supuestos de ausencia TEMPORAL contemplados.

Ambas profesionales son fiscales de sección de carrera y cumplen con los requisitos establecidos en la Ley. Al igual que en años anteriores,  las personas designadas asumirán las funciones de manera interina en caso de presentarse alguno de los supuestos de ausencia TEMPORAL.

Guatemala, 10 de enero de 2018

 


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