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Casi un millón de dólares son extinguidos y pasan a favor del Estado de Guatemala

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Con base a las pesquisas en materia de extinción de dominio, la Unidad de Extinción de Dominio del Ministerio Público logró que un total de 997 mil 020 dólares pasen a favor del Estado de Guatemala, con base a la sentencia obtenida hoy en el Juzgado de Primera Instancia de Extinción de Dominio.

El MP coordinó la incautación de 997 mil 020 dólares y la aprehensión de dos personas en zona 10, el 17 diciembre, 2015, en un operativo que se realizó en la 20 calle y 22 avenida de la zona 10 de la ciudad capital.

En total los fiscales contabilizaron de US$. 997 mil 020 dólares estadounidenses, (unos Q. 7 millones 577 mil 352).

El personal de la Fiscalía contra el Lavado de Dinero u Otros Activos trabajó en el conteo del dinero en conjunto con el personal de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del MP, el cual fue localizado en compartimentos en donde también se  halló una pistola y tres tolvas.

El automóvil era conducido por Ana Lucrecia Muñoz Ramírez, quien fue ligada a proceso por el delito de lavado de dinero u otros activos y por traslado ilegal de armas de fuego; mientras que María Fernanda Cabrera Franco, quien la acompañaba el día del hecho, fue ligada a proceso penal por lavado de dinero u otros activos.

Ambas no pudieron acreditar la procedencia del efectivo y esperan el inicio de debate, el 19 de diciembre del año en curso, a las 8:30 de la mañana en el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal.

El destino de los dineros extinguidos

El artículo 47 menciona como se distribuirán los recursos con el objeto de continuar el combate contra el crimen organizado.

  • Un veinte por ciento (20%), con destino exclusivo para cubrir los gastos de las Unidades de Métodos Especiales de Investigación, creadas en virtud de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, decreto número 21-2006 del Congreso de la República; las fuerzas de tarea o unidades encargadas de la interceptación aérea y marítima de drogas.
  • Un veinte por ciento (20%), que serán fondos privativos del Ministerio Público y deberán ser investidos en los programas de protección de testigos, el cumplimiento de la presente Ley y la investigación y juzgamiento de los delitos de lavado de dinero u otros activos, narcoactividad y delincuencia organizada.
  • Un dieciocho por ciento (18%), que pasará a forma parte de los fondos privativos del Ministerio de Gobernación para el entrenamiento y adquisición de equipo en apoyo directo a las unidades de investigaciones relacionadas con la presente Ley y para el Centro de Recopilación, Análisis y Diseminación de Información Criminal de la Policía Nacional Civil.
  • Un quince por ciento (15%), que pasará a formar parte de los fondos privativos de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio, con destino exclusivo para cubrir los gastos de administración de bienes incautados y aquellos extinguidos hasta que procesa con su venta.
  • Un veinticinco por ciento (25%) para los fondos privativos del Organismo Judicial.
  • Un dos por ciento (2%) para la Procuraduría General de la Nación.

Guatemala, 2 de diciembre de 2016


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